La Corte fortalece justicia, transparencia y equidad

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó su papel como garante de la seguridad jurídica, el acceso a la justicia, la transparencia institucional y la equidad tributaria, al resolver una serie de asuntos de alto impacto social durante su sesión del 23 de septiembre de 2025. Las decisiones del Pleno consolidan criterios que fortalecen la protección de derechos en todo el país.

En materia de salud, la Corte invalidó los artículos 170 Bis, 229 Bis y 229 Ter del Código Penal de Guerrero, que sancionaban la fabricación o posesión de medicamentos clonados, caducados o alterados. El Pleno determinó que solo el Congreso Federal tiene competencia para definir delitos relacionados con el control de medicamentos. “Esta decisión brinda certeza jurídica y no genera impunidad, ya que el artículo 646 Ter de la Ley General de Salud ya sanciona estas conductas en todo el país”, concluyó el tribunal al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 117/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

En otro fallo relevante, la SCJN declaró inconstitucional el artículo 43, cuarto párrafo, segunda parte, de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Tabasco, que condicionaba el pago de sentencias a la aprobación de partidas presupuestales. “No puede haber limitantes para que las personas reciban los pagos compensatorios ordenados por la justicia”, señaló el Pleno, al resolver la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 4/2024, solicitada por el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur. Esta resolución refuerza el derecho a una justicia pronta y expedita, y permite que los actuales ministros analicen el impacto de normas previamente invalidadas.

En materia de transparencia, la Corte resolvió tres controversias constitucionales promovidas por la Fiscalía General de la República (FGR) contra resoluciones del INAI. En dos casos, se ordenó entregar información sobre nivel, cargo, área y salario de personas servidoras públicas, al considerarla de carácter público. En el tercero, se reconoció que la divulgación podría afectar la privacidad, ya que involucra a personas acreditadas en una controversia legal. “La transparencia y la protección de datos personales son derechos que se complementan”, afirmó el Pleno al resolver las Controversias Constitucionales 291/2024, 292/2024 y 314/2024.

Finalmente, en defensa de la equidad tributaria, la SCJN validó el artículo 46 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, Yucatán, que establece las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones para el cálculo del impuesto predial. El Pleno confirmó que los costos son razonables y no afectan de manera desproporcionada a la población. “Toda actualización debe estar debidamente justificada y derivar de mesas de análisis entre el Congreso local y el municipio”, subrayó la Corte al resolver la Controversia Constitucional 11/2025, promovida por el Ayuntamiento de Mérida.

Con estas resoluciones, la SCJN reafirma su compromiso con una justicia eficaz, transparente y centrada en las personas, fortaleciendo el marco constitucional y garantizando que los derechos se ejerzan con claridad, equidad y respeto en todo el país.

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