Suprema Corte resuelve asuntos clave sobre derechos laborales e impuestos

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en sesión del 8 de enero de 2026 diversos asuntos de relevancia nacional. Entre ellos, destacó la protección reforzada frente al acoso laboral en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la fijación de jurisprudencia sobre conflictos de competencia entre tribunales, y la validación de impuestos federales aplicables a dividendos e intereses bancarios.

En materia laboral, el Pleno determinó la constitucionalidad del artículo 106, inciso e), del Estatuto del Personal Académico de la UNAM, que regula el recurso de revisión en concursos de oposición. Sin embargo, la Corte advirtió que el Tribunal Colegiado omitió analizar el caso con perspectiva de género, lo que vulneró derechos fundamentales. “La protección en contra de actos de acoso laboral deriva de las obligaciones para preservar entornos laborales libres de violencia y discriminación”, señaló la resolución. Por ello, se revocó la sentencia y se ordenó emitir una nueva resolución que atienda los estándares de igualdad y no discriminación.

En otro asunto, la SCJN fijó jurisprudencia al concluir que un conflicto de competencia debe declararse inexistente cuando ya existe una resolución firme que definió la competencia por razón de materia. Con ello, se refuerza el principio de cosa juzgada y se garantiza la seguridad jurídica en el funcionamiento de los tribunales federales.

Respecto a la tributación, el Alto Tribunal confirmó la constitucionalidad del esquema de impuesto adicional del 10% a los dividendos previsto en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se concluyó que este gravamen no es confiscatorio, respeta la progresividad del ISR y no vulnera el derecho al mínimo vital ni la dignidad humana. “Los argumentos de las personas quejosas eran infundados e inoperantes”, determinó el Pleno al revocar el amparo concedido previamente.

Finalmente, la Corte resolvió dos amparos en revisión contra el artículo 21 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2024, que incrementó de 0.15% a 0.50% la tasa de retención provisional del ISR sobre intereses bancarios. Las empresas que promovieron los recursos alegaban falta de motivación y afectación a la seguridad jurídica, pero el Pleno concluyó que el Congreso tiene margen para ajustar las tasas conforme a la política fiscal y que el aumento está debidamente justificado. La retención, recordó la Corte, funciona como un pago provisional que puede acreditarse en la declaración anual.

Con estas resoluciones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación reafirma criterios en materia laboral, tributaria y competencial, fortaleciendo la certeza jurídica y la protección de derechos en México.

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