Foto: www.scjn.gob.mx
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró la obligación de juzgar con perspectiva de género y reforzó la protección de los derechos de las víctimas y la seguridad jurídica en el sistema de justicia. En sesión del 15 de abril de 2026, el Pleno resolvió tres asuntos de gran relevancia.
En primer lugar, se analizó el caso de una mujer migrante en Tijuana, Baja California, acusada de homicidio agravado por razón de parentesco tras la muerte de su hija. La Corte concluyó que el tribunal colegiado no cumplió con la obligación de juzgar con perspectiva de género, pues validó una sentencia condenatoria basada en estereotipos sobre la maternidad y en pruebas insuficientes. “Acudir a la imagen de la ‘mala madre’ para llenar vacíos de información vulnera la igualdad y la presunción de inocencia”, señaló el Pleno. Con ello, se revocó la sentencia y se ordenó dictar una nueva resolución respetando la presunción de inocencia.
En otro asunto, se protegió el acceso efectivo de las víctimas a recursos en el sistema de justicia para adolescentes. La Corte confirmó la inconstitucionalidad del artículo 454 de la Ley de Justicia para Adolescentes de Yucatán, que impedía a las víctimas recurrir sentencias salvo en favor de la persona adolescente. El Pleno determinó que esa regla rompía la igualdad procesal y afectaba el derecho a un recurso efectivo. “La víctima debe tener acceso a un recurso funcional que refuerce el estándar de protección en el sistema penal juvenil”, concluyó.
Finalmente, se fortaleció el modelo escalonado de control judicial al resolver que es válido desechar un amparo indirecto cuando no se ha agotado previamente el recurso de apelación previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). La Corte explicó que el medio de defensa innominado del artículo 258 del CNPP no sustituye la apelación, sino que complementa el control judicial inicial. “Exigir agotar la apelación antes de acudir al amparo no retrasa la justicia, sino que fortalece la revisión judicial”, precisó el Pleno.


