Foto: www.te.gob.mx
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró, por mayoría de votos, la inexistencia de las infracciones atribuidas a Morena por un empresario mexicano, quien denunció el uso de su imagen en el promocional televisivo “Por el bien”.
El quejoso señaló que su imagen aparecía mientras se escuchaba la frase: “Hay quienes ven a México como un botín que pueden entregar”, lo que consideró un uso indebido de la pauta y una imputación falsa.
A propuesta del magistrado Gilberto Bátiz García, el tribunal resolvió que la inclusión de la imagen se inserta válidamente en el debate público, atendiendo a la proyección pública del empresario y a su función dentro del mensaje. Asimismo, determinó que la frase denunciada constituye una opinión sin imputación directa de hechos o delitos falsos.
La Sala Superior explicó que el análisis debe considerar tres elementos: personal, temporal y contextual. En este caso, el quejoso cuenta con trayectoria empresarial y participación activa en asuntos de interés nacional (personal); su proyección pública se mantenía vigente al momento de la difusión (temporal); y su imagen fue utilizada dentro de una narrativa de contraste político (contextual).
Respecto a la calumnia, el tribunal concluyó que no se acreditó, pues el promocional no atribuía un hecho concreto ni la comisión de un delito, sino que formaba parte de un contraste ideológico amparado por la libertad de expresión.
Finalmente, la Sala Superior recordó que esta libertad no es absoluta y debe ejercerse dentro de los límites constitucionales y legales, como la dignidad humana, la vida privada y el derecho a la propia imagen (SUP-PSC-34/2026).


