SCJN valida resoluciones en competencia económica y responsabilidades administrativas

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la validez de normas aplicables en materia de competencia económica y responsabilidades administrativas en sesión de Pleno el 9 de julio de 2026.

En el primer caso, el Tribunal determinó que los artículos 96 de la Ley Federal de Competencia Económica, 82 de la Ley de Hidrocarburos y 77 de su Reglamento son compatibles con el derecho humano a la libre concurrencia. Con ello, avaló el dictamen de la entonces COFECE, que declaró ausencia de condiciones de competencia en 213 mercados de distribución de gas LP. El Pleno sostuvo que no existe omisión legislativa, pues el artículo 28 constitucional faculta al Congreso para regular procedimientos de establecimiento de precios máximos. (Amparo en Revisión 348/2025).

En otro asunto, la Corte validó el artículo 209 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que regula las notificaciones en la etapa resolutora de los procedimientos. El caso derivó de un procedimiento contra un exservidor público de la CFE, quien alegó vulneración al debido proceso. El Pleno concluyó que “la declaración de incompetencia no genera indefensión, sino que garantiza que el procedimiento continúe ante la autoridad competente”. (Amparo en Revisión 98/2026).

Las resoluciones refuerzan la certeza jurídica en la regulación de mercados estratégicos y en los procedimientos de responsabilidades administrativas.

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