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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) del INE omitió iniciar el procedimiento para revisar la ubicación electoral de las localidades Santa Elena, Ángel de Luz, Chamacuero y San Fernando, situadas entre Cuautitlán y Tultepec, Estado de México.
Habitantes promovieron un juicio de la ciudadanía al señalar que están georreferenciados en secciones de Tultepec, aunque mantienen vinculación administrativa con Cuautitlán, lo que afecta su derecho a votar por las autoridades que efectivamente los gobiernan.
A propuesta de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, el tribunal reconoció el interés legítimo de los pobladores y concluyó que la DERFE incumplió con lo establecido en el artículo 36 de los Lineamientos para la Actualización del Marco Geográfico Electoral. “La autoridad electoral conocía la posible falta de correspondencia entre el mapa utilizado para organizar las elecciones y la realidad territorial señalada por las personas promoventes”, se asentó en la resolución.
El TEPJF ordenó iniciar estudios técnicos y jurídicos para determinar si existe una problemática de límites municipales y actualizar la ubicación electoral de esas comunidades. Además, vinculó al Congreso del Estado de México y a los ayuntamientos de Cuautitlán y Tultepec para colaborar en la atención del caso.
La decisión busca garantizar que exista correspondencia entre las autoridades que representan administrativamente a la ciudadanía y aquellas por las que vota, asegurando una debida representación política.

