¿Quién representa a la naturaleza?

Los bosques no votan. Los ríos no participan en consultas públicas. Las lagunas no comparecen ante tribunales. Puede parecer una observación absurda, pero sobre ella se construyó buena parte de la política ambiental moderna. Durante décadas, la respuesta frente a la degradación ecológica pareció relativamente clara: proteger la naturaleza. Crear áreas protegidas, regular actividades económicas, limitar la contaminación y conservar ecosistemas. Pocas ideas generan tanto consenso como esa.

Y con razón. La protección ambiental ha sido una de las transformaciones políticas más importantes del último siglo. Gracias a ella se han preservado ecosistemas, recuperado especies y establecido límites a actividades que durante mucho tiempo operaron sin restricciones. La conservación dejó de ser una preocupación marginal para convertirse en una responsabilidad pública. La pregunta, por tanto, no es si la protección fue un error ni si debe abandonarse. Sigue siendo una herramienta indispensable. Sin embargo, precisamente porque se ha convertido en el paradigma dominante de la política ambiental, vale la pena preguntarse cuáles son sus límites.

La protección funciona relativamente bien cuando el problema consiste en restringir una actividad, conservar un espacio o evitar un daño identificable. Sin embargo, muchos de los desafíos ambientales contemporáneos son considerablemente más complejos. Involucran múltiples niveles de gobierno, intereses económicos contrapuestos, comunidades locales, organismos reguladores y procesos de degradación que pueden extenderse durante décadas. En estos contextos, la existencia de normas de protección no siempre garantiza resultados efectivos. Un ecosistema puede estar formalmente protegido y, aun así, continuar deteriorándose. La distancia entre la existencia de una norma y su aplicación efectiva rara vez depende de un solo factor. Pueden estar relacionadas con problemas de coordinación institucional, recursos insuficientes, prioridades políticas cambiantes o tensiones entre objetivos económicos y ambientales. El resultado es que la protección existe en el papel, pero sus efectos sobre el territorio son mucho más limitados de lo que las normas sugieren.

El caso del Mar Menor, en España, ilustra bien esta situación. Durante años, esta laguna costera sufrió un proceso progresivo de degradación asociado, entre otros factores, a la contaminación por nutrientes procedentes de la agricultura intensiva y a dificultades persistentes de coordinación institucional. Lo relevante es que este deterioro ocurrió mientras existían distintos instrumentos de protección ambiental destinados a preservar el ecosistema. El problema no era simplemente la ausencia de normas. También tenía que ver con la capacidad de las instituciones para implementarlas, coordinarlas y hacerlas efectivas frente a presiones económicas y políticas que operaban en sentido contrario. Durante años, distintos diagnósticos identificaron el deterioro de la laguna y propusieron medidas para enfrentarlo. Sin embargo, reconocer un problema no equivale necesariamente a resolverlo. La persistencia del deterioro alimentó una percepción cada vez más extendida: las herramientas existentes resultaban insuficientes para modificar una trayectoria ambiental que parecía consolidarse con el paso del tiempo.

Fue en ese contexto donde comenzó a surgir una pregunta distinta. Si la protección ambiental existía y, aun así, el deterioro continuaba, ¿qué faltaba? La respuesta que finalmente adoptó España fue inusual. En 2022, el Mar Menor obtuvo personalidad jurídica mediante una iniciativa legislativa popular. La decisión atrajo atención internacional porque parecía desafiar categorías jurídicas tradicionales. Sin embargo, más allá del simbolismo, el objetivo era práctico: crear mecanismos adicionales para la defensa y representación institucional de un ecosistema cuya degradación persistía a pesar de las herramientas de protección existentes.

Y quizá ahí se encuentra la parte más interesante del debate. La discusión no gira únicamente en torno a si una laguna puede tener derechos. Esa es la dimensión más visible y polémica del asunto. La cuestión de fondo es otra. Durante décadas, la política ambiental se concentró en cómo proteger la naturaleza. Pero los casos como el Mar Menor sugieren que proteger y representar no son exactamente la misma cosa. La protección establece obligaciones, límites y mecanismos de conservación. La representación apunta a una cuestión distinta: quién puede intervenir cuando esos mecanismos resultan insuficientes o cuando los intereses ecológicos quedan desplazados por otras prioridades. La diferencia puede parecer sutil, pero tiene implicaciones importantes. Un ecosistema puede estar protegido por leyes y regulaciones sin que exista una capacidad efectiva para defender esos intereses dentro de procesos de decisión complejos.

Visto de esta manera, los llamados Derechos de la Naturaleza pueden entenderse menos como una ruptura radical y más como un intento de responder a una limitación concreta. No buscan sustituir la protección ambiental tradicional, sino complementarla. La pregunta que plantean no es si debemos dejar de proteger la naturaleza, sino si la protección, por sí sola, basta para enfrentar problemas ambientales cada vez más complejos. En otras palabras, si conservar ecosistemas requiere algo más que normas destinadas a protegerlos.

La protección ambiental sigue siendo una de las herramientas más importantes para enfrentar la degradación ecológica. Sin ella, buena parte de los avances alcanzados durante las últimas décadas serían impensables. Pero casos como el Mar Menor sugieren que los desafíos actuales exigen algo más que conservación y regulación. Quizá el reto no sea únicamente cómo proteger la naturaleza, sino cómo construir instituciones capaces de defender de manera efectiva los intereses ecológicos cuando las presiones económicas, políticas y sociales amenazan con dejar esa protección en el papel.

— Joshua Fernández

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