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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos asuntos relevantes en sesión del 24 de agosto de 2026.
Derecho al agua en Ecatepec
El Pleno reconoció que habitantes de diversas colonias de la Quinta Zona de Ecatepec, Estado de México, tienen interés legítimo para reclamar omisiones de autoridades en la garantía de su derecho humano al agua. Ordenó medidas inmediatas y de mediano plazo para atender el desabasto estructural:
Suministro suficiente de agua potable para uso personal y doméstico, preferentemente por red hidráulica.
Abastecimiento alterno mediante pipas u otros medios, asegurando un mínimo vital de 100 litros diarios por persona, con registros verificables y supervisión sanitaria.
Implementación de un programa de infraestructura hidráulica para corregir deficiencias estructurales, con coordinación entre autoridades municipales, estatales y federales.
La Corte enfatizó que la entrega de agua por pipas no basta para cumplir una sentencia de amparo: las autoridades deben demostrar objetivamente cantidad y calidad del suministro. Amparos en Revisión 13 y 14/2026 y Recurso de Inconformidad 1/2026.
Reforma sobre regidurías en Quintana Roo
El Pleno validó el artículo 383 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Quintana Roo, que modificó el orden de asignación de regidurías de representación proporcional. Ahora, las regidurías se asignan conforme al orden de la lista registrada para ese cargo, y no automáticamente a la candidatura derrotada a la presidencia municipal.
La Corte precisó que la reforma respeta el sistema mixto de integración de ayuntamientos, garantiza el pluralismo político y no afecta los derechos de partidos minoritarios. Señaló que el voto en representación proporcional se emite a favor de partidos, no genera un derecho individual para acceder a una regiduría. Acción de Inconstitucionalidad 72/2026.


