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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un paquete de asuntos de alto impacto constitucional para garantizar la certeza jurídica en el país. En materia electoral, el Pleno determinó que las autoridades no pueden sancionar a candidaturas independientes basándose en la percepción subjetiva de que actúan como un bloque o alianza de facto. Al analizar el Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, los ministros invalidaron porciones normativas por falta de claridad, precisando que las faltas deben demostrarse con pruebas objetivas, como gastos compartidos o acuerdos documentados, sin impedir que se castigue la coordinación indebida cuando existan evidencias reales.
En el ámbito comercial y de hacienda, el Máximo Tribunal validó los decretos presidenciales que establecen aranceles temporales a la importación de insumos textiles y de confección para proteger a la industria nacional y el empleo. En materia laboral, reconoció la validez de los acuerdos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para modificar la competencia territorial de las Juntas Especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con el fin de agilizar los procesos. Asimismo, en el rubro militar, la Corte avaló la facultad de los Consejos de Honor del Ejército y la Fuerza Aérea para solicitar la baja de elementos por mala conducta, confirmando que estas instancias respetan el debido proceso. Finalmente, aclaró que los mecanismos para exigir el cumplimiento de sentencias en juicios de nulidad administrativa no otorgan prórrogas ni nuevas oportunidades a las autoridades para corregir sus actos fuera de los plazos legales.


