La SCJN fija reglas sobre materia electoral, derechos indígenas, paridad y contratos

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversas normas de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero. El Pleno determinó que el Congreso local no tenía facultades para exceptuar a los partidos del régimen nacional que prohíbe asignar a un mismo género los distritos con la votación más baja. Asimismo, invalidó la reserva de veinte alcaldías para mujeres por falta de justificación en su esquema de implementación, y revocó una disposición que pretendía obligar a juzgadores a interpretar literalmente la reforma, al destacar que ningún Congreso local puede restringir las facultades constitucionales de interpretación de las autoridades jurisdiccionales.

En materia de derechos humanos, la SCJN resolvió que las personas indígenas tienen derecho a contar con un intérprete desde su primer contacto con las autoridades de procuración de justicia, sin importar su calidad procesal. Al conceder el amparo a un hombre maya en Campeche cuya declaración sin intérprete fue usada en su contra, la Corte ordenó excluir del juicio dichas pruebas y traducir la sentencia a su variante lingüística. Además, el Tribunal avaló la reforma de San Luis Potosí que obliga a los municipios a garantizar seguridad social digna a policías municipales, precisando que los ayuntamientos mantienen autonomía para presupuestar y diseñar sus esquemas.

En otras resoluciones penales y civiles, el Máximo Tribunal validó el término “facilite” en el Código Penal del Estado de México para sancionar a quien proporcione alcohol o drogas a menores de edad. En un juicio por secuestro, ordenó revisar la condena de una mujer con perspectiva de género e interseccionalidad. Finalmente, determinó que la naturaleza de un contrato (civil o mercantil) se define por su objeto y finalidad —no por la denominación de las partes—, y estableció la obligación de los jueces de pronunciarse explícitamente sobre el pago de costas procesales cuando la norma lo contemple.
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