Corte frenará cobros excesivos, multas arbitrarias y atraerá el caso Radilla

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ejercer su facultad de atracción para estudiar de forma directa las posibles omisiones de las autoridades en la investigación y localización de Rosendo Radilla Pacheco, quien fue víctima de desaparición forzada el 25 de agosto de 1974 en Atoyac de Álvarez, Guerrero.

Con la revisión de este caso, el Máximo Tribunal evaluará si la falta de acciones eficaces en la búsqueda vulnera los derechos a la verdad y a la justicia, además de fijar los límites para que los jueces de amparo puedan ordenar medidas inmediatas, como la actualización de planes de búsqueda, diligencias específicas y acciones de memoria sin vulnerar las facultades técnicas de las instituciones.

Por otra parte, el Pleno de la SCJN invalidó diversos cobros contemplados en las leyes de ingresos del estado de Aguascalientes y sus municipios para la búsqueda, certificación y entrega de información pública, al señalar que las cuotas deben corresponder únicamente al costo objetivo de los materiales. La resolución enfatizó que el Estado no puede obtener un lucro, pues dichas actividades forman parte de las funciones ordinarias de las autoridades y no generan costos adicionales que justifiquen cuotas elevadas.

En esa misma entidad, las y los ministros tumbaron las multas de 100 a 150 UMA impuestas en los municipios de Aguascalientes y Jesús María por insultar a las autoridades, argumentando que la ambigüedad en la redacción abría la puerta a interpretaciones subjetivas de las autoridades sobre palabras o gestos, vulnerando la certeza jurídica de los ciudadanos.

Finalmente, el Alto Tribunal anuló los cobros por licencias de infraestructura de telecomunicaciones e instalación de antenas fijados en municipios de Guerrero (Arcelia y Zapotitlán Tablas), Hidalgo (Villa de Tezontepec) y Michoacán (Chavinda, Aguililla, Nahuatzen, Madero y Coalcomán), recordando que la Constitución establece de forma clara que legislar en esta materia es una facultad exclusiva de la Federación.
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