Foto: www.scjn.gob.mx
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la validez de las reformas a la Ley de Aeropos y de la Ley de Aviación Civil, ratificando la figura de la asignación para que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) otorgue a entidades paraestatales la administración de aeropuertos y el transporte aéreo regular.
El Pleno concluyó que este esquema respeta la rectoría económica del Estado fijada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y aclaró que no vulnera la equidad ni confiere funciones fuera de la disciplina militar a las Fuerzas Armadas, además de mantener vigentes las facultades para investigar prácticas monopólicas.
En materia ambiental, el Alto Tribunal determinó que no procede conceder la suspensión provisional mediante juicios de amparo contra las reformas a la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales y legislación ecológica de 2023, priorizando el interés social y el orden público para salvaguardar la salud y el equilibrio sustentable de los recursos.
Respecto a asuntos locales, la Corte invalidó diversos artículos de la Ley de Justicia Cívica de Nuevo León que otorgaban a la policía facultades para resolver responsabilidades y crear registros de detención, al invadir la competencia exclusiva del Congreso de la Unión y vulnerar el debido proceso.
Asimismo, la SCJN invalidó una norma en Baja California Sur que permitía a fiscalías especializadas solicitar la intervención de comunicaciones privadas, precisando que el artículo 16 constitucional otorga dicha atribución de forma exclusiva al titular del ministerio público estatal mediante autorización judicial federal.
Finalmente, los ministros avalaron la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, ratificando el plazo máximo de 60 días para las campañas electorales a la gubernatura local como una medida legal de austeridad y equidad en la contienda.


