Suprema Corte frena cambios a regidurías y protege pluralismo en Puebla

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos del Código Electoral y de la Ley Orgánica Municipal de Puebla al resolver que la distribución de regidurías en el Ayuntamiento de la capital afectaba el equilibrio y la representación de las minorías.

El conflicto surgió por las modificaciones que asignaban 11 regidurías por mayoría relativa y únicamente cuatro por representación proporcional, lo que concentraba más del 73 % de los cargos en la fuerza política ganadora y reducía la participación de la oposición.

Al analizar la norma, el Pleno del Máximo Tribunal determinó que, aunque los congresos locales tienen libertad para estructurar los gobiernos municipales conforme al artículo 115 de la Constitución Política Federal, esa facultad no les permite apartarse del principio democrático.

“El diseño legal no puede apartarse de manera significativa de las bases constitucionales, esto es, se debe ejercer de manera compatible con los principios de mayoría relativa y representación proporcional”, estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la acción de inconstitucionalidad.

Para dar certeza a las próximas elecciones, la SCJN ordenó que la capital de Puebla aplique los porcentajes previos a la reforma, manteniendo el tope constitucional de 15 regidores y asegurando una mayor equidad entre las distintas opciones políticas votadas por los ciudadanos.

Con este fallo, se reconoció la validez de la deliberación parlamentaria del Congreso local, pero se le mandató adecuar la legislación municipal una vez concluido el proceso electoral para garantizar la operatividad de la representación proporcional de forma permanente.
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