Adscripción excepcional por seguridad

Foto: www.te.gob.mx

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos, confirmó la adscripción de un juez de Distrito al estado de Chiapas, pese a que había sido electo para ejercer en Guerrero, al privilegiar su integridad física frente a amenazas recibidas.

El promovente reclamó la vulneración a su derecho a ser votado en la vertiente de acceso y ejercicio del cargo, argumentando que el Órgano de Administración Judicial (OAJ) carecía de facultades para modificar su adscripción y que dicha atribución correspondía al Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ).

En sesión pública, a propuesta de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, la Sala Superior determinó que las adscripciones iniciales son competencia del OAJ y que, aunque por regla general deben corresponder al circuito de la postulación, este órgano está facultado para dictar medidas excepcionales de protección cuando existen amenazas de muerte, como las que el propio juez manifestó haber recibido en Guerrero.

Con base en estos argumentos, la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral confirmó la resolución 173/2025emitida por el OAJ y declaró inexistente la omisión impugnada en los expedientes SUP-JDC-2486/2025 y SUP-JE-289/2025, acumulados.

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