Certeza jurídica en límites y transparencia

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fortaleció la certeza jurídica en materia territorial y de transparencia al resolver dos controversias constitucionales en sesión de Pleno el 2 de junio de 2026.

En primer término, el Tribunal invalidó un oficio del Instituto Registral y Catastral de Puebla que atribuía la localidad de Maloapan al municipio de Hueyapan sin respaldo legislativo. El Pleno determinó que la decisión se basó únicamente en el Marco Geoestadístico del INEGI, lo que generaba incertidumbre sobre la autoridad competente para prestar servicios públicos y recaudar contribuciones. La Corte subrayó que “corresponde al Congreso estatal fijar o modificar los límites territoriales”, conforme al artículo 115 constitucional. Actualmente, se encuentra en trámite un procedimiento legislativo promovido por Hueyapan para definir la adscripción territorial de Maloapan entre los municipios de Atempan y Hueyapan.

En segundo lugar, la SCJN confirmó la validez del nuevo modelo de autoridades garantes en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, al resolver impugnaciones de municipios de Nuevo León, Jalisco, Guanajuato, Aguascalientes, Sonora y la Alcaldía Miguel Hidalgo en la Ciudad de México. El Pleno validó que los órganos de contraloría estatales ejerzan funciones revisoras en asuntos de transparencia municipal, sin sustituir la capacidad de decisión de los ayuntamientos. “La intervención de órganos especializados no configura una autoridad intermedia que vulnere la autonomía municipal”, sostuvo el Máximo Tribunal.

La Corte concluyó que el diseño normativo responde a la reforma constitucional de simplificación orgánica publicada el 20 de diciembre de 2024, que concentró la función revisora en órganos técnicos para eliminar duplicidades. Con estas resoluciones, la SCJN reafirmó que la redistribución de competencias en transparencia es válida y no afecta la autonomía municipal.

Controversia Constitucional 223/2023 y acumuladas 166, 162, 170, 165, 171, 172, 250 y 164 de 2025.

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