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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad, que corresponde al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua resolver la denuncia presentada por Morena contra la gobernadora de esa entidad, el Partido Acción Nacional (PAN) y otras personas servidoras públicas, al considerar que los hechos inciden únicamente en el ámbito local.
La queja se originó por la “Marcha por la Seguridad de Chihuahua y la Defensa de la Soberanía Nacional”, convocada por la dirigencia nacional del PAN, en la que Morena denunció calumnia, uso indebido de recursos públicos, intervención de servidores públicos y afectación a los principios de imparcialidad y neutralidad.
La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE se declaró incompetente y remitió el caso al instituto local, decisión que Morena impugnó al sostener que los hechos tenían incidencia nacional. Sin embargo, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior concluyó que lo que define la competencia es la incidencia territorial de los actos denunciados y no el carácter nacional del partido afectado.
El tribunal determinó que los hechos ocurrieron en Chihuahua, se relacionaron con una movilización en esa entidad y no se acreditó impacto en un proceso federal ni en más de una entidad federativa. Por ello, confirmó que la autoridad electoral local es competente para sustanciar la denuncia y pronunciarse sobre las medidas cautelares solicitadas, sin prejuzgar sobre la acreditación de los hechos o la existencia de infracciones (SUP-REP-25/2026).


