Inexistente promoción indebida en elección judicial

Foto: www.te.gob.mx

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por unanimidad la inexistencia de infracciones relacionadas con la presunta promoción indebida del voto y el uso de recursos públicos atribuidas a diversas personas servidoras públicas federales y estatales, así como al partido político Morena, durante el proceso de elección judicial de 2025 en los estados de Jalisco y Chihuahua.

El caso se originó a partir de una denuncia que señalaba la participación de legisladores y dirigentes de Morena en eventos, recorridos y “asambleas informativas”, donde supuestamente se promovía el voto utilizando símbolos y colores partidistas, lo que, según el quejoso, vulneraba los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda judicial.

En sesión pública, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior consideró que las personas servidoras públicas están facultadas para promover la participación ciudadana y difundir información sobre la elección judicial en sus redes sociales, siempre que no soliciten el voto en favor de alguna candidatura ni realicen actos que afecten la equidad. “No existieron pruebas para demostrar la supuesta difusión constante de logotipos partidistas o uso de colores similares a Morena”, precisó el pleno.

El tribunal señaló que el uso de indumentaria alusiva al partido en recorridos distintos a los denunciados o el hecho de ocupar cargos de dirigencia no constituyen evidencia suficiente para acreditar una promoción indebida del voto ni para demostrar que se actuó en representación del partido.

Con base en ello, se determinó que las conductas denunciadas fueron lícitas al tener un carácter meramente informativo y, en algunos casos, realizarse en días inhábiles. La resolución quedó asentada en el expediente SUP-PSC-25/2026.

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