La Corte elimina privilegios y fortalece derechos

Foto: www.scjn.gob.mx

En sesión del 13 de octubre de 2025, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos acciones de inconstitucionalidad que marcan un precedente importante en la defensa de los derechos fundamentales y la eliminación de privilegios injustificados en el ejercicio de funciones públicas. Las decisiones se centraron en disposiciones del Código Hacendario del Municipio de Tlapacoyan, Veracruz, y de la Ley del Notariado del Estado de Colima, ambas impugnadas por organismos de derechos humanos.

En el caso de Tlapacoyan, la Corte garantizó los derechos a la igualdad, al trabajo y a la seguridad jurídica, al invalidar diversas normas que imponían cargas desproporcionadas y sanciones injustificadas a las personas servidoras públicas. Entre ellas, se eliminó el requisito de pagar una fianza con recursos propios para ocupar determinados cargos, medida que condicionaba el derecho a trabajar a la capacidad económica de cada persona. “Esta disposición generaba una distinción injustificada y vulneraba el principio de igualdad ante la ley”, señalaron los ministros.

También se invalidaron normas que establecían sanciones penales automáticas para autoridades municipales por no presentar la cuenta pública a tiempo, así como la responsabilidad penal del representante legal de una persona moral por delitos fiscales sin probar su participación directa. La Corte consideró que estas disposiciones no eran claras, precisas ni proporcionales, y que vulneraban el derecho a la presunción de inocencia.

Otro punto relevante fue la eliminación de la inhabilitación definitiva automática para servidores públicos, así como la suspensión de derechos laborales basada en un auto de formal prisión, figura ya derogada. “Estas medidas violan la seguridad jurídica y el debido proceso”, se concluyó.

En materia fiscal, la SCJN invalidó normas que establecían impuestos adicionales y cobros desproporcionados por la expedición de copias y certificados. El Pleno afirmó que la búsqueda de información en archivos públicos debe ser gratuita, y que solo pueden cobrarse gastos razonables por reproducción y certificación. Se exhortó al Congreso de Veracruz a corregir las normas declaradas inválidas y establecer tarifas claras y proporcionales.

La resolución corresponde a la Acción de Inconstitucionalidad 157/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

En otro fallo, la Corte resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 127/2024, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, en la que se impugnaron diversas disposiciones de la Ley del Notariado. El Pleno reafirmó que todas las personas tienen derecho a ser tratadas con igualdad ante la ley y sin privilegios, por lo que determinó que notarias y notarios deben ser investigados por la fiscalía estatal en caso de presunta comisión de delitos, y no mediante procedimientos especiales.

Asimismo, se anuló la norma que permitía castigar penalmente a funcionarios públicos por “obstaculizar” o “no ayudar” a un notario, debido a que los términos eran ambiguos y no especificaban claramente las conductas sancionadas. También se invalidó la disposición que impedía a titulares de notarías solicitar permisos temporales para ocupar cargos en la administración pública estatal, por considerarla discriminatoria e injustificada.

“La evaluación de estas normas permite fortalecer el ejercicio de la función pública con base en principios de legalidad, equidad y respeto a los derechos humanos”, concluyó el Pleno.

Con estas decisiones, la nueva Corte reafirma su papel como garante de la seguridad jurídica, la igualdad ante la leyy la eliminación de privilegios injustificados, consolidando un marco normativo más justo y accesible para todas las personas.

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