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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este 28 de octubre cinco asuntos relevantes que fortalecen el acceso a derechos, la seguridad jurídica y la equidad en sectores clave como la educación, la aviación, el comercio y la identidad legal. Las decisiones, tomadas en sesión de Pleno, reflejan un enfoque centrado en las personas, con criterios que buscan eliminar barreras históricas, proteger a consumidores y garantizar reglas claras para instituciones y empresas.
En materia de igualdad y no discriminación, la Corte declaró inconstitucional una disposición del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje que exigía requisitos adicionales a personas con actas de nacimiento extemporáneas. El criterio, derivado del Amparo en Revisión 403/2025, reconoce que muchas veces el registro tardío de nacimiento está vinculado a la falta de acceso a servicios básicos, por lo que imponer trámites extra solo profundiza la desigualdad. “No se pueden exigir cargas adicionales a quienes ya enfrentan obstáculos estructurales para ejercer su derecho a la identidad”, concluyó el Pleno.
En otro fallo, la Corte protegió la facultad de las escuelas para solicitar suspensiones provisionales cuando consideren que una norma afecta su operación. En la Contradicción de Criterios 137/2024, se resolvió que los planteles educativos pueden impugnar los Lineamientos generales sobre alimentos y bebidas procesadas, siempre que acrediten un posible perjuicio. Esta decisión refuerza la seguridad jurídica de las instituciones dentro del Sistema Educativo Nacional, al reconocer su derecho a defender su funcionamiento ante cambios normativos.
En el ámbito de la aviación civil, el Pleno validó las sanciones previstas en la Ley de Aviación Civil para empresas que incumplan con normas de seguridad. A través del Amparo Directo en Revisión 2760/2025, se determinó que la ley establece con claridad las conductas sancionables y los rangos de multas, lo que evita la arbitrariedad y brinda certeza jurídica tanto a las aerolíneas como a las personas usuarias. “La seguridad aérea requiere reglas claras y mecanismos eficaces para sancionar incumplimientos”, señalaron las y los ministros.
En el sector energético, la Corte resolvió el Amparo en Revisión 235/2025, en el que se analizó la constitucionalidad de los procedimientos para investigar prácticas monopólicas en la venta de gasolina. El fallo concluyó que la Ley Federal de Competencia Económica establece parámetros objetivos y transparentes para sancionar acuerdos entre empresas que afectan a los consumidores. “Se respalda un mercado más justo y competitivo, en beneficio de quienes dependen de la gasolina para trabajar, transportarse y vivir mejor”, se destacó en la resolución.
Finalmente, en la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 7/2024, la Corte reiteró la invalidez del artículo 338 de la Ley de Concursos Mercantiles, al considerar que no establecía plazos claros para imponer sanciones a especialistas en procedimientos mercantiles. Esta omisión generaba incertidumbre jurídica, al permitir que las personas sancionadas quedaran indefinidamente sin resolución. Con esta decisión, el Alto Tribunal garantiza que todas las personas sujetas a procedimientos sancionadores cuenten con reglas claras y tiempos definidos.
Las resoluciones emitidas por la SCJN en esta jornada reflejan una visión jurídica que busca equilibrar el ejercicio del poder con la protección de los derechos fundamentales, y consolidar un marco normativo más justo, accesible y predecible para todas las personas.


