Foto: www.scjn.gob.mx
En sesión de Pleno del 4 de diciembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió resoluciones que abarcan temas de minería, mercado de valores, prevención de operaciones ilícitas, justicia laboral y tratamiento fiscal de jubilaciones, consolidando su papel como garante de la legalidad y los derechos humanos.
En primer lugar, la Corte confirmó la constitucionalidad del decreto que reformó la Ley Minera, la Ley de Aguas Nacionales y otras disposiciones ambientales. Una empresa minera había promovido amparo contra estas reformas, pero el Pleno concluyó que el Congreso de la Unión tiene facultades para redefinir la regulación del sector y que los títulos de concesión pueden ajustarse en función del interés público. “Los títulos de concesión contienen cláusulas de carácter regulatorio que pueden ajustarse sin vulnerar derechos adquiridos”, resolvió la Corte.
En materia financiera, se validó un artículo de la Ley del Mercado de Valores que faculta a la CNBV para cancelar la inscripción de valores en el Registro Nacional, siempre que se salvaguarden los intereses del público inversionista. La Corte negó el amparo promovido por una empresa emisora y concluyó que las personas legisladoras tienen libertad de configuración para definir las causas de cancelación.
Respecto a la seguridad de las personas servidoras públicas, la Corte declaró constitucional la reserva de identidad prevista en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, al considerarla una medida razonable para proteger la integridad del personal que combate operaciones ilícitas. “La reserva de identidad no impide cuestionar la competencia de la autoridad ni denunciar irregularidades”, precisó el Pleno.
En el ámbito laboral, la Corte protegió el derecho de acceso a la justicia de una persona trabajadora cuya demanda fue desechada por supuesta “incapacidad técnica” de sus apoderados. El Pleno concluyó que los tribunales deben privilegiar la solución de los conflictos sobre los formalismos, aplicando el principio pro persona y la suplencia de la queja.
Finalmente, en materia fiscal, la Corte confirmó la constitucionalidad del artículo del Reglamento de la Ley del ISR que regula el pago único de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro. Determinó que el límite de 90 salarios mínimos exentos y el gravamen sobre el excedente no vulneran el principio de reserva de ley, pues solo desarrollan un aspecto cuantitativo ya previsto en la legislación.
Con estas decisiones, la SCJN reafirma su compromiso con la certeza jurídica, la equidad tributaria y la protección de derechos, al tiempo que fortalece la independencia judicial en temas de alto impacto económico y social.

