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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó su compromiso con la seguridad jurídica y la protección de derechos humanos al resolver diversos asuntos en sesión de Pleno del 1 de diciembre de 2025.
En primer lugar, el Tribunal invalidó sanciones administrativas contenidas en leyes de ingresos de Durango y de municipios de Oaxaca, al considerar que eran ambiguas y discriminatorias. Entre ellas, la disposición que prohibía la venta de bebidas alcohólicas a personas con discapacidad, por basarse en estereotipos que negaban su capacidad jurídica. “Estas normas partían de prejuicios que consideran a las personas con discapacidad como incapaces de tomar decisiones autónomas”, señaló el Pleno. También se eliminaron sanciones por “escandalizar en la vía pública”, “ofender la moral” o “insultar a la autoridad”, al carecer de precisión y abrir la puerta a la discrecionalidad.
Asimismo, se invalidó la norma que obligaba a registrarse para visitar una comunidad, al no definir con claridad los supuestos de aplicación, y las disposiciones que sancionaban la falta de uso de cubrebocas en la vía pública, por no establecer condiciones específicas.
En otro asunto, la Corte declaró inválido el artículo de la Ley de Ingresos de Puerto Vallarta, Jalisco, que imponía un cobro de 1.25 UMAS (141.42 pesos) a personas extranjeras por ingresar al municipio. El Pleno concluyó que la contribución era ambigua, pues no precisaba qué servicios o espacios públicos generaban el pago, lo que vulneraba el principio de legalidad tributaria y generaba incertidumbre.
Finalmente, la Corte confirmó la validez de reformas a la Ley de Aguas de Tamaulipas y a los decretos de creación de organismos operadores municipales, en particular el de Reynosa. Se reconoció la participación de representantes de los sectores social y privado en la integración del organismo y la adecuación del marco legal vigente. Con ello, se consolida un esquema que respeta la titularidad municipal del servicio y fortalece la coordinación para garantizar el derecho humano al agua.
Con estas resoluciones, la SCJN refuerza la certeza jurídica en sanciones administrativas, asegura que los cobros cumplan con principios constitucionales y consolida el marco legal para la prestación de servicios públicos esenciales.

