Límite a rentas y registro digital

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el artículo 2448 D del Código Civil de la Ciudad de México, que establece que el incremento de la renta de vivienda no puede exceder la inflación anual reportada por el Banco de México. El Pleno consideró que esta medida protege el derecho a una vivienda adecuada y previene procesos de gentrificación, sin eliminar la libertad contractual ni el derecho de propiedad.

Asimismo, la Corte validó la creación del Registro Digital de Contratos de Arrendamiento, pero precisó que la información que se recabe debe limitarse al monto de la renta, el incremento pactado, la colonia y la alcaldía del inmueble. El resto de las cláusulas del contrato, como descripción del inmueble, lugar de pago o garantías, deberán quedar excluidas. “El objetivo es únicamente dar seguimiento a la evolución de los precios del arrendamiento y generar estadísticas que permitan evaluar la asequibilidad del mercado habitacional”, señaló el Tribunal.

Finalmente, la SCJN subrayó que los datos deberán tratarse bajo estrictos estándares de confidencialidad y protección de datos personales, conforme a la legislación aplicable en la Ciudad de México. Con esta resolución, se garantiza un equilibrio entre la protección del derecho a la vivienda y la seguridad jurídica de arrendadores y arrendatarios.

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