La prevención y atención de la discriminación, la violencia y el acoso en los centros de trabajo en México: marco jurídico, avances recientes y buenas prácticas empresariales
En los últimos años, el tema de la discriminación, la violencia y el acoso en el ámbito laboral ha cobrado mayor relevancia en México. La discusión ya no se limita al ámbito ético o de cultura organizacional; actualmente forma parte de una agenda jurídica y de derechos humanos que busca garantizar condiciones de trabajo dignas, seguras e igualitarias.
Diversos cambios legislativos, así como reformas orientadas a fortalecer la igualdad entre mujeres y hombres, han ampliado las responsabilidades de los empleadores para prevenir, atender y sancionar estas conductas dentro de los centros de trabajo.
En este artículo explico, de manera accesible, cuál es el marco jurídico vigente en México, cuáles han sido los avances recientes en materia de igualdad sustantiva, y qué acciones concretas pueden adoptar las empresas para prevenir y atender situaciones de discriminación, violencia y acoso laboral.
1. El derecho a un trabajo digno y libre de discriminación
En México, el derecho a la igualdad y a la no discriminación se encuentra reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada el 10 de junio de 2011.
El artículo 1º constitucional establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales, y prohíbe cualquier tipo de discriminación basada en factores como:
origen étnico o nacional
género
edad
discapacidad
condición social o económica
religión
opiniones
preferencias sexuales
estado civil
Este principio constitucional también aplica a las relaciones laborales.
Por su parte, el artículo 123 constitucional, que regula el trabajo en México, reconoce el derecho de toda persona a desempeñar un trabajo digno y socialmente útil, lo que implica condiciones laborales que respeten la dignidad y la integridad de las personas trabajadoras.
2. Regulación en la Ley Federal del Trabajo
La Ley Federal del Trabajo (LFT) desarrolla estos principios y establece reglas más específicas para prevenir prácticas discriminatorias y situaciones de violencia en el trabajo.
Desde la reforma laboral publicada el 30 de noviembre de 2012, se incorporaron disposiciones importantes para promover el trabajo digno o decente. Entre ellas destacan:
la prohibición expresa de la discriminación laboral
el reconocimiento del hostigamiento y el acoso sexual como conductas sancionables
la obligación de respetar la dignidad de las personas trabajadoras
El artículo 3 de la LFT establece que el trabajo debe realizarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso, sin discriminación de ningún tipo.
Asimismo, el artículo 133 prohíbe a los empleadores realizar o permitir actos de hostigamiento o acoso sexual en el lugar de trabajo.
Cuando estas disposiciones se incumplen, la ley contempla sanciones económicas y responsabilidades administrativas para el empleador.
3. Otras leyes relevantes en materia de igualdad y no discriminación
Además de la Ley Federal del Trabajo, existen otras normas que fortalecen la protección contra la violencia y la discriminación en el ámbito laboral.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Esta ley fue publicada el 11 de junio de 2003 y con ella se creó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED). Su objetivo es promover políticas públicas orientadas a garantizar la igualdad de oportunidades y eliminar prácticas discriminatorias, incluido el ámbito laboral.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Publicada el 1 de febrero de 2007, esta ley reconoce diversas formas de violencia contra las mujeres, entre ellas la violencia laboral.
Según esta legislación, existe violencia laboral cuando se obstaculiza el acceso al empleo, se limita el desarrollo profesional o se ejerce presión o acoso en el trabajo por razones de género.
Esta ley también promueve medidas de prevención y atención para proteger a las víctimas.
Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación
En 2015 se publicó la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, impulsada por instituciones del gobierno federal.
Aunque es de carácter voluntario, esta norma promueve prácticas organizacionales que favorecen:
la igualdad de oportunidades
la inclusión laboral
la prevención de la violencia laboral
la conciliación entre vida laboral y familiar
Las empresas que cumplen con estos estándares pueden obtener una certificación en igualdad laboral y no discriminación.
4. Avances recientes en materia de igualdad sustantiva
En el debate jurídico actual se ha fortalecido el concepto de igualdad sustantiva.
A diferencia de la igualdad formal, que establece que todas las personas son iguales ante la ley, la igualdad sustantiva busca que en la práctica existan condiciones reales de igualdad.
Esto significa reconocer que ciertos grupos, como las mujeres o las personas pertenecientes a minorías, han enfrentado desventajas estructurales históricas.
En el ámbito laboral, este enfoque implica promover políticas que permitan:
reducir brechas salariales
prevenir la violencia de género en el trabajo
facilitar el acceso a oportunidades laborales
garantizar ambientes laborales libres de acoso
Las reformas recientes y diversas iniciativas legislativas han buscado reforzar estos objetivos, impulsando políticas públicas y medidas institucionales orientadas a crear entornos laborales más equitativos.
5. Tipos de violencia y acoso en el trabajo
Para poder prevenir estos problemas, es importante reconocer las distintas conductas que pueden presentarse en el entorno laboral.
Discriminación laboral, se presenta cuando una persona recibe un trato desfavorable en el empleo por motivos ajenos a su desempeño o capacidad, como su edad, género, origen o condición social.
Acoso laboral, también conocido como mobbing, consiste en conductas reiteradas de hostigamiento, intimidación o humillacióndirigidas hacia una persona dentro del trabajo.
Hostigamiento sexual, ocurre cuando una persona con mayor jerarquía ejerce presión o conductas de carácter sexual hacia otra persona dentro de la relación laboral.
Acoso sexual, se refiere a conductas sexuales no deseadas que pueden ocurrir entre personas sin relación jerárquica.
Estas prácticas afectan la dignidad de las personas trabajadoras y deterioran el ambiente laboral.
6. Buenas prácticas para prevenir y atender estos casos
Las empresas pueden adoptar diversas estrategias para prevenir la discriminación y la violencia laboral.
Establecer políticas internas claras
Es recomendable que las organizaciones cuenten con:
códigos de ética
políticas de igualdad y no discriminación
lineamientos contra el acoso y la violencia laboral
Estas políticas deben ser comunicadas a todo el personal.
Crear mecanismos de denuncia confiables
Las personas trabajadoras deben tener acceso a canales seguros y confidenciales para denunciar situaciones de discriminación o acoso.
Los procedimientos de atención deben garantizar:
confidencialidad
investigación imparcial
protección de las personas denunciantes
sanciones cuando corresponda
Capacitación y sensibilización
La capacitación continua en temas de:
derechos laborales
igualdad de género
diversidad e inclusión
Ayuda a prevenir conductas discriminatorias y promover un ambiente de respeto.
Evaluar el clima laboral
Aplicar diagnósticos o encuestas internas permite detectar problemas antes de que se conviertan en conflictos mayores.
Conclusiones
La prevención de la discriminación, la violencia y el acoso en los centros de trabajo es un desafío importante para las organizaciones en México.
El marco jurídico actual establece principios claros para garantizar la igualdad y el respeto a la dignidad de las personas trabajadoras. Además, los avances en materia de igualdad sustantiva refuerzan la necesidad de adoptar políticas laborales más inclusivas y preventivas.
Las empresas que implementan mecanismos de prevención, protocolos de atención y programas de capacitación no solo cumplen con sus obligaciones legales, sino que también contribuyen a construir entornos laborales más justos, seguros y productivos.
Promover el respeto y la igualdad en el trabajo es, en última instancia, una condición fundamental para el desarrollo social y económico del país.
Fuentes bibliográficas:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917). Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación. México.
- Ley Federal del Trabajo. (1970). Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación. México.
- Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. (2003). Diario Oficial de la Federación, 11 de junio de 2003. México.
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. (2007). Diario Oficial de la Federación, 1 de febrero de 2007. México.
- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED). (2019). Guía para la prevención de la discriminación en el ámbito laboral. México.
- Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). (2019). Guía para implementar políticas de igualdad laboral y no discriminación en los centros de trabajo. México.
- Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). (2020). Modelo de protocolo para prevenir, atender y sancionar el hostigamiento y acoso sexual en los centros de trabajo. México.
- Secretaría de Economía. (2015). Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación. México.
- Organización Internacional del Trabajo (OIT). (2019). Convenio 190 sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Ginebra.
- Organización Internacional del Trabajo (OIT). (2020). Violencia y acoso en el mundo del trabajo: guía para empleadores. Ginebra.
— Adriana Duarte