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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el Recurso de Revisión Fiscal 5/2025 interpuesto por la autoridad hacendaria contra una sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) que había declarado la nulidad de un crédito fiscal por concepto de ISR, actualizaciones, recargos y multas del ejercicio 2011. El Pleno explicó que este recurso es de carácter excepcional y solo procede en casos de importancia y trascendencia jurídica, lo que no se actualizó en este asunto, pues la nulidad se sustentó en vicios formales. Con ello, quedó firme la sentencia del TFJA.
En la misma sesión, la Corte inició el análisis de la Contradicción de Criterios 49/2026, relativa al tratamiento fiscal de los recursos de las cuentas individuales de retiro entregados a beneficiarios tras el fallecimiento de una persona trabajadora. Mientras un tribunal consideró que dichos recursos son ingresos gravables, otro sostuvo que deben tratarse como herencia o legado y, por tanto, estar exentos de ISR.
Durante el debate, ministras y ministros señalaron que “los recursos provenientes de las cuentas individuales de retiro no deben considerarse ingresos gravables”, al ser parte del patrimonio generado por la persona trabajadora y tener como finalidad proteger económicamente a sus beneficiarios. El Pleno decidió retirar el asunto para elaborar un nuevo proyecto que recoja las consideraciones expresadas, por lo que la resolución definitiva sigue pendiente.