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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) es competente para conocer de los juicios promovidos por integrantes del personal sustantivo de la Fiscalía General de la República (FGR) que impugnen actos relacionados con la terminación de su relación administrativa, como la no renovación en el cargo y el pago de prestaciones. El Pleno destacó que la autonomía constitucional de la FGR no elimina el derecho de acceso a la justicia. “La finalidad de esa autonomía es fortalecer la investigación y persecución de los delitos, no excluir de revisión judicial las decisiones que ponen fin a la relación administrativa”, señaló la Corte. Con ello, el TFJA deberá admitir y tramitar los juicios respectivos.
En el mismo sentido, la SCJN resolvió que los Lineamientos L/003/19 emitidos para regular al personal de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) que continuó en la FGR durante el régimen de transición, permanecen vigentes mientras no se expida el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía. El Pleno concluyó que dichos lineamientos forman parte del régimen transitorio diseñado para garantizar continuidad y certeza jurídica. “Los lineamientos seguirán aplicándose hasta que entre en vigor el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera”, precisó el Tribunal.
Las decisiones fueron adoptadas en los Amparos Directos 53, 50 y 51 de 2025, así como en el Amparo en Revisión 107/2026, resueltos en sesión de Pleno el 7 de julio de 2026.

