Foto: www.scjn.gob.mx
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la creación del Fondo de Ahorro para el Retiro Digno de las personas trabajadoras del estado de Nayarit, aunque invalidó disposiciones que extendían el régimen a trabajadores del sector privado e independientes, al exceder las facultades del Congreso local. También reconoció la validez del aumento de 30 a 35 años de cotización para obtener el 100 % de la pensión, al considerarlo necesario para garantizar la sostenibilidad financiera del sistema.
El Pleno invalidó la exclusión automática de enfermedades crónico-degenerativas o congénitas del régimen de riesgos de trabajo, así como requisitos discriminatorios para ocupar cargos directivos en el Fondo. Además, ordenó al Congreso de Nayarit realizar adecuaciones antes de diciembre de 2026.
Acción de Inconstitucionalidad 99/2023 y acumulada 100/2023.
En otro asunto, la Corte invalidó requisitos de la Ley de Derechos de las Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas de Baja California Sur, que exigían un “modo honesto de vivir” y títulos profesionales con antigüedad mínima de cinco años para acceder a cargos públicos. El Pleno consideró que estas exigencias eran ambiguas y discriminatorias, pues excluían injustificadamente a personas indígenas y afromexicanas con experiencia comunitaria y trayectoria en defensa de derechos.
Acción de Inconstitucionalidad 124/2025.
Finalmente, la SCJN analizó la Ley de Justicia Alternativa de Baja California, invalidando disposiciones que definían la justicia restaurativa como mecanismo autónomo y que omitían sancionar como falta grave la emisión de juicios de valor por facilitadores. También anuló artículos que imponían sanciones sin parámetros claros, por vulnerar legalidad y seguridad jurídica. En contraste, validó normas que permiten implementar mecanismos de solución de controversias en ámbitos escolar y comunitario, ampliando el acceso a la justicia.
Acción de Inconstitucionalidad 40/2026.


