Foto: www.te.gob.mx
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) determinó que las representaciones indígenas en los ayuntamientos deben recibir una remuneración equivalente a la de una regiduría. La decisión establece que este pago no puede quedar sujeto a la disponibilidad de recursos de los municipios.
El fallo derivó del reclamo de un representante indígena náhuatl de un municipio del Estado de México, electo para el periodo 2025-2027. El afectado denunció que no se le convocaba a sesiones de Cabildo, no contaba con insumos materiales y no recibía un pago por su labor.
A propuesta de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, el pleno determinó que las funciones indígenas son equiparables a las de un regidor, ya que ambos deliberan, votan y participan activamente en las decisiones del gobierno municipal.
“La igualdad y la no discriminación deben traducirse en derechos efectivos y en un trato equitativo para quienes desempeñan funciones semejantes”, sostuvo la magistrada Claudia Valle Aguilasocho al exponer que este pago dignifica la representación indígena.
El magistrado ponente y el pleno recordaron que, tras la reforma constitucional de 2024 al artículo 2°, las comunidades indígenas forman parte permanente de los ayuntamientos. Por ello, la autonomía financiera de los municipios no puede usarse como pretexto para frenar derechos fundamentales.
Con este fallo, la Sala Superior revocó las decisiones previas de la Sala Regional Toluca y del Tribunal Electoral del Estado de México, las cuales dejaban el monto a criterio del dinero disponible en las arcas municipales.
El TEPJF ordenó al Ayuntamiento pagar de inmediato el sueldo correspondiente, así como los adeudos retroactivos. Además, vinculó al Congreso del Estado de México y a la Secretaría de Finanzas estatal para que respalden los pagos en caso de que el municipio no cuente con la liquidez suficiente.