Suprema Corte fija criterios sobre recursos federales, pensiones y competencias locales

Foto: www.scjn.gob.mx

En sesión pública, el Ministro Presidente Hugo Aguilar Ortiz dio la bienvenida al maestro Daniel Álvarez Toledo, quien asumió el cargo de secretario general de acuerdos de la SCJN. Aguilar Ortiz destacó que su incorporación marca el inicio de una nueva etapa para el Máximo Tribunal, orientada a consolidar una Corte más cercana a las personas y comprometida con la justicia. “Su incorporación marca el inicio de una nueva etapa para la SCJN, comprometida con los sectores que tradicionalmente han sido excluidos de la impartición de justicia”, afirmó.

El Pleno validó el decreto publicado el 6 de noviembre de 2020 que extinguió diversos fondos y fideicomisos federales. La Corte concluyó que estos instrumentos eran mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo Federal y que su eliminación no afecta las atribuciones constitucionales de los estados. “El cambio en la forma de organizar y administrar los recursos federales no equivale a una invasión de esferas competenciales”, señaló el Tribunal, al resolver las controversias promovidas por los gobiernos de Jalisco, Chihuahua, Nuevo León, Guanajuato, Tamaulipas, Aguascalientes, Coahuila y Michoacán.

En otro asunto, la SCJN validó la reforma al artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, que reduce de 60 a 30 días el pago de aguinaldo a las personas pensionadas. El Tribunal determinó que la medida es razonable y busca garantizar la sostenibilidad financiera del Instituto, pero aclaró que no puede aplicarse de manera retroactiva. Además, invalidó los artículos 128 y 128 bis de la misma ley, al considerar que condicionaban de forma desproporcional el acceso a prestaciones. “No es constitucional hacer depender el acceso a prestaciones de factores financieros indeterminados”, puntualizó.

La Corte también confirmó la validez de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México y su Reglamento, que facultan a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para operar la Plataforma Digital de Publicidad Exterior. El Pleno determinó que, aunque el sistema centraliza información, las alcaldías mantienen intactas sus atribuciones sustantivas. En el caso de la alcaldía Benito Juárez, se concluyó que la concentración de datos no implica dependencia del Poder Ejecutivo local.

Finalmente, el Tribunal ordenó al Congreso de Veracruz emitir una decisión sobre la transferencia del servicio de agua potable y alcantarillado al municipio de Tempoal, tras considerar que la legislatura incurrió en una omisión absoluta. La SCJN recordó que el artículo 115 constitucional permite a los municipios solicitar la transferencia de estos servicios y que la legislatura debe resolver de manera fundada y objetiva.

Con estas resoluciones, la Suprema Corte fijó criterios que refuerzan el equilibrio entre las competencias federales y locales, la protección de derechos sociales y la obligación de los poderes legislativos estatales de atender las demandas de los municipios.

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