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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en sesión de Pleno del 12 de marzo de 2026 asuntos que fortalecen derechos humanos y precisan competencias judiciales en sectores clave. Las decisiones abarcan el acceso al agua en asentamientos irregulares, prácticas monopólicas en el mercado de la tortilla, recursos de queja por gratificación de jubilación y sanciones en telecomunicaciones.
En Ciudad Juárez, Chihuahua, la Corte garantizó el derecho humano al agua de personas que habitan en un asentamiento irregular formado por población migrante. El Pleno sostuvo que “basta la manifestación bajo protesta de decir verdad sobre el lugar de residencia para acreditar el interés legítimo”, pues en estos contextos no existen documentos oficiales de propiedad ni recibos de servicios públicos. Se concedió el amparo y se ordenó a la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Juárez garantizar el suministro inmediato del mínimo vital de agua potable y, a mediano plazo, implementar infraestructura intermedia con depósitos de almacenamiento masivo, asegurando recursos presupuestales prioritarios.
En materia de competencia económica, la SCJN confirmó la constitucionalidad de artículos de la Ley Federal de Competencia Económica que sancionan prácticas monopólicas absolutas. El caso se originó en Huixtla, Chiapas, donde la Cofece determinó que una empresa manipuló el precio de la tortilla y limitó su venta. El Pleno concluyó que las normas que prevén multas e inhabilitaciones son compatibles con la presunción de inocencia y no constituyen penas trascendentales. “Se trata de un sistema normativo que prevé de forma específica los supuestos de responsabilidad solidaria”, resolvió el Tribunal.
La Corte también fijó criterio obligatorio sobre la competencia para conocer recursos de queja relacionados con la negativa de pago de la gratificación por jubilación prevista por la Secretaría de Educación Pública (SEP). El Pleno determinó que corresponde a los tribunales colegiados en materia de trabajo resolver estos recursos, ya que la prestación está vinculada con la relación laboral y la SEP actúa en su carácter de Estado patrón. “La gratificación por jubilación es una prestación de carácter extralegal vinculada con la relación laboral”, explicó el Tribunal.
Finalmente, la SCJN concluyó la constitucionalidad de artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión abrogada que establecen criterios para calcular multas y el decomiso de bienes utilizados para prestar servicios sin concesión. El Pleno precisó que estas normas buscan combatir la irregularidad y proteger a las y los usuarios, al ser acordes con los artículos 5°, 22 y 23 de la Constitución. “Las sanciones económicas cuentan con parámetros objetivos y el decomiso no vulnera el derecho al mínimo vital”, resolvió la Corte.


