Suprema Corte reconoce pensión en concubinato y refuerza justicia penal

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió resoluciones clave que fortalecen la protección de derechos familiares, la claridad en normas penales y las garantías procesales. En materia civil, el Pleno declaró inconstitucional que la pensión compensatoria se extinga con la muerte del concubino obligado, al considerar que esta prestación es distinta de los derechos hereditarios y puede coexistir con ellos. “La muerte también disuelve el concubinato y puede generar un desequilibrio económico que debe ser atendido”, señaló la Corte, al conceder el amparo en favor de un hombre que vivió 30 años en concubinato.

En el ámbito penal, la SCJN validó el artículo 223 del Código Penal Federal, que tipifica el delito de peculado. El Tribunal explicó que las expresiones “para su beneficio o el de una tercera persona” y “distraiga” cumplen con el principio de legalidad penal, pues son claras y comprensibles para las personas servidoras públicas.

Asimismo, la Corte confirmó la constitucionalidad del artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que obliga a la policía a preservar el lugar de los hechos y dar aviso al ministerio público. Esta colaboración, destacó el Pleno, es esencial para garantizar la cadena de custodia y el esclarecimiento de los delitos.

Finalmente, el Máximo Tribunal resolvió que ninguna condena puede basarse en declaraciones de testigos que la defensa no pudo interrogar ante la persona juzgadora. Recordó que corresponde al ministerio público presentar a los testigos de cargo y que solo de manera excepcional pueden usarse declaraciones ministeriales, siempre que se justifique su ausencia y no sean la única base de la condena. En el caso analizado, la Corte revocó la sentencia y ordenó una nueva resolución que respete el derecho de defensa y la presunción de inocencia.

Con estas decisiones, la Suprema Corte reafirma su papel como garante de la igualdad en las familias formadas en concubinato, la transparencia en el manejo de recursos públicos y la protección de los derechos fundamentales en el proceso penal.

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