La Corte protege derechos familiares y reafirma regulación federal

Foto: www.scjn.gob.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos asuntos de gran relevancia constitucional que fortalecen la protección de derechos y delimitan competencias entre órdenes de gobierno. En sesión del 18 de septiembre de 2025, el Pleno reafirmó que la regulación de industrias estratégicas como los gasoductos, subestaciones eléctricasy plantas fotovoltaicas corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión, por lo que invalidó disposiciones de leyes de ingresos municipales en Jalpa, Zacatecas; Nuevo Casas Grandes y Buenaventura, Chihuahua, que imponían cobros por licencias de construcción en estos rubros.

“Los hidrocarburos y la energía eléctrica son recursos estratégicos de dominio directo e inalienable de la Nación”, señaló el Pleno, al referirse a los artículos 27 y 73 de la Constitución Federal, que establecen la competencia federal en estas materias. Las resoluciones derivan de las Controversias Constitucionales 63/2025, 34/2025 y 55/2025, promovidas por el Poder Ejecutivo Federal contra los poderes legislativos y ejecutivos de Zacatecas y Chihuahua.

En otro fallo histórico, la SCJN invalidó el artículo 160 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas (ISSFAM), que condicionaba el acceso a pensiones y servicios médicos de concubinas y concubinos al reconocimiento previo por parte del militar. Con esta decisión, el Pleno aprobó la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2021, solicitada por la Segunda Sala, y estableció que las parejas que han construido una vida en común podrán demostrar su relación con cualquier medio legal de prueba.

“La protección debe basarse en la realidad de la vida compartida, y no en un trámite administrativo”, resolvió la Corte, al considerar que la norma afectaba de manera desproporcionada a las mujeres, al dejarlas sin posibilidad de acceder a pensiones por viudez o atención médico-quirúrgica, como establece el artículo 143 de la misma ley. Esta decisión se fundamenta en el derecho a la familia, contenido en el artículo 4° constitucional, y en los derechos a la seguridad social y a la audiencia.

Con estos fallos, la SCJN reafirma su papel como garante de los derechos fundamentales, al proteger a las familias militares y delimitar con claridad las competencias constitucionales en la regulación de sectores clave para el desarrollo nacional.

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