Foto: www.scjn.gob.mx
En la Sesión Extraordinaria en Territorio celebrada en Tenejapa, Chiapas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la validez del inciso f del artículo 30, fracción I, de la Ley de Cultura y Derechos Culturales del Estado de Hidalgo, que declara a la charrería como patrimonio cultural inmaterial de esa entidad.
El Pleno explicó que la Constitución distingue entre patrimonio cultural material —como zonas arqueológicas o monumentos, cuya protección corresponde exclusivamente a la Federación— y patrimonio cultural inmaterial, integrado por prácticas, expresiones y saberes cotidianos de los pueblos. En este ámbito, la cultura se rige por un esquema de facultades concurrentes, lo que permite a estados y municipios reconocer y proteger sus tradiciones.
La Corte subrayó que las comunidades y autoridades locales están en mejor posición para identificar qué prácticas forman parte de su patrimonio cultural. “El hecho de que una expresión cultural tenga relevancia nacional no impide que una entidad federativa pueda asumirla también como propia”, señaló el Tribunal, al destacar que la charrería puede ser una tradición compartida en todo México y, al mismo tiempo, profundamente arraigada en Hidalgo.
En consecuencia, la SCJN concluyó que la norma impugnada no invade la competencia federal y reafirmó que las legislaturas locales pueden reconocer y salvaguardar las expresiones culturales esenciales para su identidad, siempre que respeten las bases fijadas por la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.
Con esta resolución, la Corte fortalece la protección del patrimonio cultural inmaterial y reconoce la importancia de la charrería como parte de la identidad del Estado de Hidalgo y de la nación mexicana.


