Foto: www.te.gob.mx
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad de votos, que el titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León incumplió el plazo previsto para la difusión de informes de labores, al realizar un evento el 9 de noviembre en el que hizo referencias directas a su cuarto informe, fuera del periodo autorizado por la legislación local.
El informe había sido presentado el 15 de octubre, por lo que la difusión válida comprendía del 8 al 20 de octubre. La Sala Superior determinó que tanto el evento como su transmisión en televisión y redes sociales ocurrieron fuera del plazo permitido. Por ello, se responsabilizó también a las personas titulares de la Dirección de Comunicación Social y de la Secretaría Particular del Ejecutivo estatal, así como a dos concesionarias de televisión de la entidad.
La resolución se originó a partir de la denuncia de un ciudadano contra el gobernador y diversas personas servidoras públicas y concesionarias, por la presunta difusión extemporánea de su cuarto informe de gobierno. El denunciante también señaló posibles infracciones como promoción personalizada, actos anticipados de precampaña y campaña, contratación indebida de tiempo en televisión y uso indebido de recursos públicos.
En consecuencia, la Sala Superior ordenó dar vista al Congreso local y a la Contraloría estatal para que determinen lo conducente respecto de la falta cometida por el gobernador.
Finalmente, el tribunal concluyó que no se acreditaron las demás infracciones denunciadas, al no advertirse intención de posicionar al mandatario frente a una contienda electoral. “No se acreditaron actos anticipados de precampaña ni campaña, ni promoción personalizada”, señala la resolución del expediente SUP-PSC-29/2026.


