Foto: www.te.gob.mx
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, la resolución del Consejo General del INE que declaró procedentes las modificaciones a los Estatutos del Partido Acción Nacional (PAN) sobre paridad y alternancia en la presidencia del Comité Ejecutivo Nacional (CEN).
La regla validada establece que la presidencia del CEN debe alternarse por género. Si un hombre resulta electo, la siguiente convocatoria será exclusiva para mujeres, con posibilidad de reelección del presidente en funciones. Si un hombre es reelecto por un segundo periodo consecutivo, la siguiente convocatoria será únicamente para mujeres. En cambio, si una mujer es electa o reelecta, la convocatoria inmediata será abierta para ambos géneros. El mecanismo garantiza que, al menos cada seis años, una mujer ocupe la presidencia nacional o estatal del partido.
Militantes del PAN impugnaron la aprobación al considerar que la reelección de un presidente podría afectar la paridad. Sin embargo, a propuesta de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, el Pleno sostuvo que “la posibilidad de reelección no equivale a continuidad automática ni anula la paridad”, pues la persona en funciones debe competir en un proceso interno sujeto al voto de la militancia.
El Tribunal concluyó que el mecanismo garantiza la participación eficaz de las mujeres y respeta la vida interna del partido, por lo que confirmó el acto impugnado (SUP-JDC-285/2026).


